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Política

Jornada electoral: quién, dónde y cuando se puede votar

Jornada electoral: quién, dónde y cuando se puede votar

24 de maig de 2003 a les 0:00

La celebración de elecciones siempre comporta el cuestionamiento de algunas dudas entre los ciudadanos. El secretario municipal, José Gil, nos responde a algunas de ellas y en este segundo bloque hacen referencia al voto en sí, a las personas que tienen derecho a ejercitarlo, en qué lugar y cómo hacerlo.

¿Quién pueden votar en estas elecciones?

Como en el resto de elecciones (es decir, autonómicas, generales o europeas), el derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad que no estén comprendidos en los supuestos de inhabilitación que marca la Ley. Es indispensable estar inscrito en el censo electoral vigente.
En las elecciones municipales pueden votar igualmente los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones, en los términos de un Tratado.
Además también pueden votar todas las personas residentes en España que, sin haber adquirido la nacionalidad española tengan la condición de ciudadanos de la Unión Europea, siempre que reúnan los requisitos exigidos a los españoles para ser electores y hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en España, es decir, tienen que ser mayores de edad y estar inscritos en el censo electoral.

¿Podría darnos algunos datos estadísticos: número de habitantes de Cerdanyola, de electores, mesas electorales, colegios...?

La población de Cerdanyola actualmente es de unos 57.500 habitantes, de los cuales 44.300 aproximadamente son electores. Como he dicho anteriormente el municipio se distribuye en 29 secciones y en total existen 60 mesas electorales que se reparten en 13 Colegios electorales.

¿Dónde se ejerce el derecho al voto?

A efectos electorales el municipio de Cerdanyola está dividido en 29 Secciones. En cada Sección hay, como mínimo, una mesa electoral. No obstante, algunas Secciones, en función del número de electores, cuentan con varias mesas. En este caso, el número de electores se distribuye por orden alfabético entre las mesas.
Las mesas electorales de una misma Sección están situadas en el mismo local o Colegio Electoral. El Instituto Nacional de Estadística ha remitido a cada elector una tarjeta indicando la mesa y el colegio electoral en que tiene derecho a ejercer el derecho de sufragio. No obstante, si algún elector no dispone de esta tarjeta y desconoce el emplazamiento de su mesa electoral puede dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento donde le informarán.
En las presentes elecciones se mantiene la misma ubicación de las mesas electorales que en las elecciones anteriores excepto las mesas correspondientes a las Secciones 28 y 32 que anteriormente votaban en el local de los Servicios Educativos de la calle Escuelas y en las próximas elecciones votarán en el Colegio Turó de Guiera. A todos estos electores el Ayuntamiento les ha enviado una carta comunicando el cambio de Colegio Electoral.

¿Cuándo se puede votar?

La votación se iniciará a las 9 horas del día 25 de mayo y continuará sin interrupción hasta las 20 horas.
No obstante aquellos electores que prevean que el día 25 de mayo no se hallarán en la localidad donde les corresponda ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse pueden emitir su voto por correo.

¿Cómo se ejerce el derecho al voto?

Como hemos dicho, los electores sólo pueden votar en la Sección, y dentro de la mesa que les corresponda. Los electores se acercarán a la Mesa de uno en uno, después de haber pasado, si así lo desean, por la cabina electoral que existirán en todas las mesas para elegir la papeleta electoral e introducirla en el sobre.
Cada elector manifestará su nombre y apellidos al Presidente. Los vocales e interventores comprobarán, por el examen del censo, el derecho a votar del elector, así como su identidad que se justifica mediante documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir en que aparezca la fotografía del titular o, además, tratándose de extranjeros, con la tarjeta de residencia.
Inmediatamente el elector entregará al Presidente el sobre de votación cerrado. A continuación éste dirá en voz alta el nombre del elector y, añadiendo “VOTA”, depositará en la urna el sobre.